Permisos retribuidos en el Estatuto de los Trabajadores

14 junio 2026 | Actualidad, Laboral

Si necesitas conocer tus derechos para ausentarte del trabajo con derecho a remuneración, este artículo te lo explica paso a paso.

¿Qué son los permisos retribuidos y por qué importan?

Los permisos retribuidos son ausencias del trabajo garantizadas por la ley, durante las cuales la persona trabajadora conserva su salario. Su regulación principal figura en el artículo 37.3 del Estatuto de los Trabajadores (ET). Están diseñados para proteger situaciones importantes de la vida personal o familiar: bodas, enfermedad, fallecimiento, cambios de domicilio, obligaciones cívicas o sindicales, entre otras.

Tipos de permisos retribuidos según el artículo 37.3 ET

A continuación, resumimos los supuestos más comunes regulados en el ET:

  • Matrimonio o registro de pareja de hecho — 15 días naturales.

    • El día del matrimonio/unión registral está incluida en el permiso, salvo que éste coincida con un día no laborable para el trabajador, en cuyo caso el permiso empieza el primer día hábil siguiente
  • Accidente o enfermedad grave, hospitalización o intervención quirúrgica  que requiera reposo domiciliario de familiar hasta segundo grado (cónyuge, pareja, padre, madre, hijos, hermanos), u otra persona que conviva de forma estable y necesite sus cuidados — 5 días hábiles.

    • Dos operaciones sucesivas derivadas de un mismo proceso patológico dan lugar a permisos sucesivos ≠ 5 días al año.
    • El alta hospitalaria no determina, por sí misma, la finalización de la licencia retribuida por hospitalización de familiares. El permiso puede prolongarse hasta que se produzca el alta médica. Eso sí, la causa debe persistir día a día porque no está previsto la continuación cuando el familiar se encuentra recuperado o trabajando.
  • Fallecimiento del cónyuge, pareja, familiar hasta segundo grado o persona conviviente — 2 días; si hay desplazamiento, se suman otros 2 días.

    • Salvo previsión en contrario, se entiende que hay desplazamiento cuando tanto el trayecto de ida como el de vuelta es superior a los 200 km.
    • No surge este derecho si lo que se produce es una muerte intrauterina y el feto no ha llegado a nacer con vida.
  • Traslado de domicilio habitual — 1 día.
    • Existe, aunque no haya desplazamiento de muebles.
    • Exige cambio de residencia habitual, no bastando con un mero cambio temporal de domicilio por obras.
  • Cumplimiento de un deber inexcusable de carácter público o personal (p. ej. voto, asistencia a juicio como parte (penal) o como testigo (civil o laboral), jurado popular) — el tiempo indispensable. Si la obligación supera el 20 % de las horas en tres meses, la empresa podrá considerar una excedencia. Si se percibe indemnización por dicho deber, se descontará del salario.
  • Funciones sindicales o de representación del personal — el tiempo necesario, según lo acordado legal o convencionalmente.

  • Exámenes prenatales, preparación al parto, trámites de adopción, guarda con fines de adopción o acogimiento — el tiempo indispensable durante la jornada laboral.
    • El permiso para acudir a las técnicas de preparación al parto se hace extensivo al progenitor no gestante.
    • El permiso para acudir a los exámenes prenatales no se hace extensivo al progenitor no gestante.
  • Imposibilidad de acceso al centro de trabajo por causas externas (restricciones de movilidad, fenómenos meteorológicos, catástrofes) — hasta 4 días; si persisten las causas, el permiso se prolonga hasta que desaparezcan, en este caso la empresa puede suspender el contrato. Si el trabajo puede realizarse a distancia y la empresa dispone de medios, podría aplicarse esta modalidad.

  • Actos preparatorios de donación de órganos o tejidos, cuando coincidan con la jornada laboral — el tiempo imprescindible.

  • Fuerza mayor, (artículo 37.9 ET) por motivos familiares urgentes relacionados con familiares o personas convivientes, en caso de enfermedad o accidente que hagan indispensable su presencia inmediata— se retribuyen las horas de ausencia hasta 4 días.

Cómo solicitar un permiso retribuido: buenas prácticas

  1. Aviso previo y justificación: Debes informar a la empresa con antelación razonable y aportar justificantes — por ejemplo, certificado médico, libro de familia, solicitud de voto.

  2. Comunicación por escrito: Para mayor seguridad, conviene dejar constancia por escrito (email, escrito entregado a Recursos Humanos o a tu responsable).

  3. Conserva los justificantes originales: En caso de requerimiento, la empresa los puede solicitar.

  4. Asistencia legal si hay conflicto: Si la empresa deniega un permiso que ampara el ET, modifica su duración o impide su disfrute, puedes recurrir al asesoramiento de un profesional como el equipo del despacho Manrique de Torres para reclamar tus derechos.

¿Cuándo conviene consultar con un abogado laboralista?

  • Si la empresa rechaza un permiso amparado por el artículo 37.3 ET.

  • Si la empresa exige compensaciones indebidas (descuento salarial, recuperación de horas, “vacaciones forzadas”).

  • Si el permiso coincide con un despido, marginación o represión sindical.

  • Si existen dudas sobre cónyuge, pareja de hecho, grado de parentesco, convivencia, jornada o justificación documental.

En esos casos, el equipo del despacho Manrique de Torres, puede asesorarte y ayudarte a reclamar derechos laborales vulnerados.

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