¿Qué es un contrato de duración determinada?
Los contratos de duración determinada son aquellos que se celebran para realizar trabajos con fecha de inicio y fin, o por circunstancias concretas. En España, están regulados por el artículo 15 del Estatuto de los Trabajadores y deben cumplir requisitos muy estrictos para evitar el uso fraudulento del empleo temporal.
En Manrique de Torres Abogados, asesoramos tanto a trabajadores como a empresas para asegurar el cumplimiento legal de estos contratos.
Tipos de contratos temporales permitidos
Desde la reforma laboral de 2021, los contratos temporales se han limitado a dos modalidades principales:
1. Contrato por circunstancias de la producción
Se utiliza cuando existe un incremento de la actividad que no puede atenderse con la plantilla habitual y no haya que acudir a la contratación fija-discontinua (trabajos de naturaleza estacional o vinculados a actividades productivas de temporada, o para el desarrollo de aquellos que no tengan dicha naturaleza pero que, siendo de prestación intermitente, tengan periodos de ejecución ciertos, determinados o indeterminados). Puede ser de dos tipos:
a) Circunstancias imprevisibles
- Cuando el aumento de trabajo es ocasional e imprevisible, como campañas repentinas, pedidos extraordinarios o picos estacionales no recurrentes.
- Duración máxima: 6 meses, ampliable una única vez hasta 12 por convenio colectivo.
b) Circunstancias previsibles
- Cuando el desajuste entre la plantilla y la actividad es previsible, pero de duración reducida y delimitada, como vacaciones, rebajas, inventarios o lanzamientos programados.
- Duración máxima: 90 días no continuados en el año natural y 120 días para las empresas del sector agrario y agroalimentario. Deben planificarse previamente y notificarse a la representación legal de los trabajadores.
En ambos casos, estos contratos no pueden utilizarse para cubrir necesidades estructurales o permanentes de la empresa.
2. Contrato de sustitución
Sirve para sustituir a trabajadores con derecho a reserva de puesto, como en casos de baja por IT, maternidad o excedencia.
a) Contrato de sustitución ordinario
- Sustituye a una persona trabajadora con derecho a reincorporación.
- Puede iniciarse hasta 15 días antes de la ausencia.
- Debe indicar con claridad a quién se sustituye y el motivo de la sustitución.
c) Contrato de sustitución parcial o de complemento
- Permite completar la jornada de un trabajador que mantiene parcialmente su actividad, como en casos de jornada reducida por guarda legal o reincorporaciones progresivas.
- Puede formalizarse para complementar la parte de jornada no cubierta por el trabajador sustituido.
c) Contrato de sustitución para cubrir vacante temporal
- Se utiliza para cubrir un puesto vacante temporalmente durante un proceso de selección o promoción interna.
- La duración será la necesaria hasta que se cubra de forma definitiva, con un máximo de 3 meses.
Prácticas abusivas y consecuencias legales
El uso indebido de contratos temporales puede derivar en la declaración de fijeza del trabajador, con importantes consecuencias para la empresa.
Supuestos comunes de fraude:
- Encadenamiento de contratos temporales para el mismo puesto (TS 13-3-2024).
- Contrataciones temporales para actividades estructurales y permanentes.
- Superar la duración máxima permitida sin causa justificada.
La jurisprudencia también establece que si se encadenan contratos por obra o servicio que ya no están permitidos, el trabajador puede ser considerado indefinido (TS 5-6-2024).
Derechos del trabajador temporal
El trabajador con contrato de duración determinada tiene derecho a:
- Igualdad de trato que un trabajador fijo en condiciones laborales (salario, jornada, descansos, etc.).
- Indemnización de 12 días por año trabajado al finalizar el contrato, salvo en casos de sustitución.
- Información sobre vacantes disponibles en la empresa.
En Manrique de Torres, revisamos cada contrato para verificar si se ha producido una vulneración de estos derechos y reclamar en caso necesario.
Consulta nuestro servicio de revisión de contratos laborales.
Transformación en contrato indefinido
Un contrato temporal se transforma en indefinido cuando:
- No se formaliza por escrito.
- No se ha dado de alta en Seguridad Social.
- Se superan los límites temporales legales.
- Se encadenan más de 18 meses en un periodo de 24 para el mismo puesto (salvo excepciones en administraciones públicas).
Esta transformación tiene efectos desde la fecha del primer contrato.
Conclusión: protege tu estabilidad laboral
El uso del contrato de duración determinada está limitado por ley para evitar abusos. Si trabajas bajo esta modalidad, es esencial revisar si tu situación cumple la normativa vigente.
En Manrique de Torres Abogados, te ofrecemos asesoramiento personalizado para reclamar tu condición de indefinido o exigir la indemnización correspondiente.