El desahucio es una acción judicial que permite al arrendador recuperar la posesión de un inmueble alquilado cuando el arrendatario incumple sus obligaciones. Este procedimiento se rige principalmente por el artículo 250.1 de la Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC) y se enfoca en dos situaciones principales: el impago de rentas y la expiración del contrato de arrendamiento.
Presupuestos del Desahucio
Para iniciar un proceso de desahucio, el arrendador debe demostrar que el arrendatario ha incumplido alguna de las siguientes obligaciones:
- Impago de Rentas: El arrendatario no ha pagado las rentas o cantidades debidas. Este impago debe ser claro, vencido y exigible. Es suficiente con el impago de una sola mensualidad para que el arrendador pueda solicitar la resolución del contrato (TS 24-7-08).
- Expiración del Plazo del Contrato: El arrendatario no ha devuelto el inmueble tras la expiración del contrato. El procedimiento en este caso se centra en la acreditación de la terminación del contrato por el plazo legal o contractual establecido.
Precisiones Importantes
- Retardos Habituales: Si el arrendador ha permitido pagos tardíos en el pasado, no puede utilizar estos retrasos para justificar un desahucio hasta que transcurra el mes completo (TS 9-9-11).
- Obstáculos del Arrendador: Si el arrendador impide el pago de la renta para provocar un desahucio, el arrendatario puede consignar el pago en el juzgado previa notificación al arrendador (AP Barcelona 15-6-00).
Procedimiento de Desahucio
Demanda
La demanda de desahucio debe cumplir con los requisitos del juicio verbal, incluyendo:
- Posibilidad de Enervación: Especificar si el demandado puede enervar la acción pagando las cantidades adeudadas.
- Vivienda Habitual: Indicar si el inmueble es la vivienda habitual del ocupante.
- Gran Tenedor: Justificar si el demandante es un gran tenedor y, en caso afirmativo, acreditar si el ocupante está en situación de vulnerabilidad económica.
Requerimiento al Demandado
Una vez admitida la demanda, el letrado de la Administración de Justicia requerirá al demandado para que en un plazo de 10 días:
- Desaloje el inmueble.
- Pague al arrendador.
- Enerve la acción de desahucio.
- Comparezca y formule oposición.
Suspensión del Procedimiento
En situaciones de vulnerabilidad económica, el procedimiento puede ser suspendido. La Administración competente debe verificar la situación de vulnerabilidad y presentar una propuesta de medidas de atención. Si se confirma la vulnerabilidad, el proceso puede suspenderse hasta por cuatro meses.
Posición del Demandado
Si el demandado no atiende el requerimiento, el letrado de la Administración de Justicia dictará decreto dando por terminado el juicio de desahucio y se procederá al lanzamiento. Si el demandado formula oposición, se celebrará una vista y el tribunal dictará sentencia en un plazo de 5 días.
Servicios de Manrique de Torres Abogados
En Manrique de Torres Abogados, ofrecemos un asesoramiento integral en materia de desahucios, asegurando que el proceso se gestione de manera eficiente y conforme a la ley. Contamos con un equipo de abogados especializados en derecho arrendaticio que pueden asistir en todas las fases del procedimiento, desde la redacción de contratos hasta la representación en juicios de desahucio.
Conclusión
El desahucio es un procedimiento legal esencial para los arrendadores que enfrentan incumplimientos por parte de sus inquilinos. En Manrique de Torres Abogados, proporcionamos la experiencia y el conocimiento necesarios para gestionar estos casos con eficacia y asegurar los mejores resultados para nuestros clientes. Si te encuentras en una situación de desahucio en Madrid, no dudes en contactarnos para recibir el mejor asesoramiento legal.