Un despido en ALSA ha terminado con una importante sentencia favorable al trabajador ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid.
Sin embargo, el Tribunal Superior de Justicia de Madrid confirmó que el despido era improcedente: el trabajador tenía permisos de superadministrador y esas consultas formaban parte de las facultades asignadas a su puesto.
¿Qué hizo el trabajador de ALSA?
El caso afecta a un empleado de ALSA Grupo SL que desempeñaba funciones vinculadas con la seguridad de la información. Además, disponía de permisos de superadministrador.
Estos permisos le permitían consultar registros del sistema relacionados con correos electrónicos, mensajes de chat y calendarios.
Durante varios días realizó consultas relacionadas con correos enviados o recibidos por diferentes cargos directivos.
¿En qué basó ALSA el despido?
ALSA consideró que esas actuaciones permitían obtener información confidencial de los directivos.
Por este motivo, decidió imponerle la máxima sanción laboral: el despido disciplinario. Justificó jurídicamente su decisión en la posible transgresión de la buena fe contractual.
¿Por qué el despido fue improcedente? La especial responsabilidad de los puestos de confianza
El TSJM recuerda que los puestos directivos o de confianza exigen un deber especialmente intenso de lealtad.
Esto resulta lógico: Quien dispone de acceso a información sensible asume mayores responsabilidades.
Sin embargo, esa mayor responsabilidad tampoco permite presumir automáticamente una conducta desleal.
En este caso, el trabajador de ALSA estaba autorizado para realizar consultas vinculadas con los sistemas informáticos.
No quedó probada una desviación concreta que justificara el despido disciplinario.
Concluir que las consultas tenían como objetivo acceder a información confidencial supone entrar en el terreno de las conjeturas.
¿Por qué el despido fue improcedente? Contenido de la carta de despido
El artículo 55 del Estatuto de los Trabajadores exige que el empresario comunique por escrito los hechos que motivan la decisión.
La empresa no puede modificar, ni en juicio ni en fase de recurso, la carta de despido para introducir una imputación diferente y tratar de justificar la decisión adoptada.
El TSJ consideró que en la carta no se identificaba qué información confidencial habría buscado el trabajador. Tampoco se explicaba qué pretendía hacer con ella. Y, además, no se le imputaba expresamente un interés ilícito concreto.
Por este motivo, el tribunal rechazó aceptar las modificaciones que pretendía introducir la empresa para incluir valoraciones o imputaciones distintas.
¿Qué demuestra este despido improcedente en ALSA?
La sentencia demuestra que una empresa no puede justificar un despido disciplinario únicamente sobre sospechas.
Cuando el trabajador está autorizado para realizar determinadas funciones, la empresa debe demostrar qué actuación concreta superó esos límites.
Además, debe explicar esa actuación en la propia carta de despido.
No basta con afirmar que el trabajador podía obtener información confidencial.
Hay que acreditar qué hizo, qué información obtuvo y por qué esa conducta constituye una infracción grave.
¿Trabajas en ALSA y has sido despedido?
Si trabajas en ALSA y has recibido una carta de despido, resulta fundamental analizar si los hechos imputados justifican realmente la decisión empresarial.
En Manrique de Torres Abogados somos abogados laboralistas especializados en despidos y conflictos laborales en Madrid.
Estudiamos la carta de despido, las funciones reales del trabajador y las pruebas utilizadas por la empresa.
También analizamos si los hechos descritos tienen la gravedad suficiente para justificar un despido disciplinario.

