Despido improcedente en Zara

08 agosto 2026 | Actualidad, Laboral

Despido improcedente en Zara declarado por el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña en su sentencia de 4 de noviembre de 2025: una empresa puede acreditar una conducta sancionable y, aun así, perder el juicio por incumplir las formalidades del convenio colectivo.

Zara España no comunicó la falta muy grave a la representación legal de los trabajadores. El convenio aplicable exigía expresamente esa comunicación. Por ello, el tribunal confirmó la improcedencia del despido disciplinario.

¿Qué ocurrió en el despido disciplinario de Zara España?

La trabajadora prestaba servicios para Zara España como vendedora.

El 22 de mayo de 2024, la empresa registró su taquilla. La trabajadora estuvo presente durante el registro, junto con otras dos empleadas. Dentro de la taquilla apareció una prenda de ropa que llevaba allí desde el 25 de abril.

La normativa interna establecía dos requisitos para que los empleados pudieran realizar compras: la compra debía efectuarse fuera de la jornada y el trabajador debía conservar el justificante de pago.

Cinco días después del registro, Zara España comunicó un despido disciplinario por transgresión de la buena fe contractual.

Por qué se declaró el despido improcedente en Zara

El juzgado consideró acreditada la apropiación de la prenda. Sin embargo, declaró el despido improcedente por incumplir Zara una garantía formal incluida en el convenio colectivo: comunicar la falta a los representantes de los trabajadores.

Zara sostuvo que una representante había presenciado el registro de la taquilla. Según la empresa, esa presencia demostraba que la representación laboral conocía los hechos.

El juzgado y el Tribunal rechazaron ese argumento. Presenciar un registro no equivale a recibir una comunicación formal sobre la falta. El registro constituye una actuación previa. La investigación podía terminar sin sanción o con una medida menos grave.

Por tanto, Zara debía haber comunicado la falta y la sanción impuesta a la representación de los trabajadores.

El convenio colectivo puede imponer requisitos obligatorios

El artículo 55 del Estatuto de los Trabajadores regula la forma del despido disciplinario.

La empresa debe entregar una comunicación escrita. Además, la carta debe indicar los hechos imputados y la fecha de efectos del despido.

Sin embargo, el artículo 55.1 permite que los convenios colectivos establezcan otras exigencias formales. Una vez incorporadas, esas garantías resultan obligatorias para la empresa.

El apartado cuarto del mismo artículo califica el despido como improcedente cuando la empresa incumple las formalidades exigidas.

El Tribunal Superior de Justicia aplicó esta regla al caso de Zara España. La comunicación a los representantes formaba parte del procedimiento convencional del despido.

El despido improcedente en Zara demuestra que cada detalle formal puede cambiar el resultado de una reclamación.

Cuando una empresa entrega una carta de despido disciplinario, conviene estudiar varios elementos. Deben revisarse los hechos, las fechas, las pruebas y la proporcionalidad de la sanción. También resulta imprescindible identificar el convenio colectivo aplicable.

Desde el área de Derecho Laboral de Manrique de Torres asesoramos a trabajadores afectados por despidos y sanciones. Nuestro equipo analiza la documentación y prepara la estrategia de conciliación o demanda.

Si necesitas reclamar por despido contra Zara, ponte en contacto con nosotros.

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