Despido por Ofensas Verbales: Análisis y Jurisprudencia

13 junio 2024 | Actualidad

Introducción

El despido por ofensas verbales está contemplado en el artículo 54.2.c del Estatuto de los Trabajadores (ET). Esta causa de despido se basa en la gravedad y culpabilidad de las expresiones ofensivas que deterioran la convivencia y el respeto mutuo en el entorno laboral. En este artículo, analizaremos las condiciones y circunstancias que justifican este tipo de despido, junto con ejemplos relevantes de la jurisprudencia.

Fundamentos Jurídicos

Requisitos para el Despido por Ofensas Verbales

Para que las ofensas verbales sean causa de despido, deben cumplir ciertos requisitos:

  1. Gravedad y culpabilidad: Las expresiones ofensivas deben ser lo suficientemente graves para que la convivencia laboral sea imposible. Debe existir un claro ánimo de injuriar por parte del trabajador.
  2. Circunstancias y contexto: La situación en la que se producen las ofensas, la relación entre las partes, la intención del trabajador y la forma de comunicación (oral o escrita) son factores determinantes.
  3. Instrumento utilizado: Las ofensas por escrito son consideradas más graves ya que implican reflexión y premeditación.

Libertad de Expresión y Respeto a la Dignidad

La libertad de expresión debe equilibrarse con el respeto a la dignidad y el honor de las personas en la empresa. Una ofensa verbal que vulnere estos principios puede justificar el despido.

Casos Relevantes

Ofensas Verbales al Empresario o Superiores

Las ofensas dirigidas al empresario, sus representantes o superiores son consideradas particularmente graves. Ejemplos de jurisprudencia incluyen:

  • TS 4-5-88, EDJ 3757: Calificar al director de «chorizo» justifica el despido.
  • TS 20-2-91, EDJ 1817: Insultos soeces y despectivos hacia el director general en presencia de compañeros.

Ofensas Verbales a Subordinados

El maltrato verbal a subordinados puede constituir una falta muy grave y justificar el despido. Ejemplos incluyen:

  • TSJ Madrid 9-4-10, EDJ 96220: Directivo que insulta y menosprecia a sus subordinados de forma constante.
  • TSJ Madrid 12-1-10, EDJ 17758: Jefe de taller que profiere insultos soeces y vejatorios a una administrativa.

Ofensas Verbales a Compañeros de Trabajo

Las ofensas verbales entre compañeros suelen ser directas y contundentes, evidenciando un claro ánimo ofensivo. Ejemplos incluyen:

  • TSJ C.Valenciana 17-1-06, EDJ 51704: Acusar a un compañero de ser maltratador de niños en presencia de clientes y compañeros.
  • TSJ Madrid 20-4-10, EDJ 116060: Expresiones injuriosas y xenófobas hacia una compañera de trabajo.

Ofensas Verbales a Familiares y Terceros

Las ofensas verbales o físicas a familiares y terceros pueden ser causa de despido si tienen conexión con el trabajo. Ejemplos incluyen:

  • TSJ País Vasco 5-12-00, EDJ 117476: Agredir al empresario y a su esposa.
  • TSJ Cantabria 27-1-10, EDJ 211010: Empleado de hotel que se enzarza en una pelea violenta con clientes.

Servicios de Manrique de Torres Abogados

En Manrique de Torres Abogados, ofrecemos asesoramiento especializado en casos de despido por ofensas verbales. Nuestro equipo de abogados laboralistas en Madrid está capacitado para brindar apoyo tanto a trabajadores como a empleadores en la resolución de estos conflictos conforme a la normativa vigente.

Conclusión

El despido por ofensas verbales requiere una evaluación cuidadosa de la gravedad, culpabilidad y contexto de las expresiones ofensivas. La jurisprudencia ha establecido criterios claros para su aplicación, destacando la necesidad de pruebas fehacientes y el respeto a los derechos fundamentales de todas las partes involucradas. En Manrique de Torres Abogados, estamos preparados para ofrecer el mejor asesoramiento y representación en estos complejos casos laborales.

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