Excedencia por Cuidado de Hijo: Concepto y Regulación

08 julio 2024 | Actualidad, Laboral

Introducción

La excedencia por cuidado de hijo es un derecho laboral que permite a los trabajadores ausentarse temporalmente de su puesto de trabajo para cuidar a sus hijos, ya sean biológicos, adoptivos, en régimen de guarda con fines de adopción o acogimiento permanente. Este derecho está regulado por el artículo 46.3 del Estatuto de los Trabajadores y otras normativas relacionadas. En este artículo, desglosaremos las características, duración, efectos y requisitos de la excedencia por cuidado de hijo.

Características de la Excedencia por Cuidado de Hijo

  1. Derecho Individual:
    • La excedencia por cuidado de hijo es un derecho individual de los trabajadores, tanto hombres como mujeres. Puede ser solicitada por cualquiera de los progenitores y disfrutada de forma fraccionada.
  2. Duración:
    • La duración máxima de la excedencia es de tres años, contados a partir de la fecha de nacimiento del hijo o, en su caso, de la resolución judicial o administrativa que otorgue la adopción o acogimiento. Si se tiene un nuevo hijo durante este período, se tiene derecho a una nueva excedencia que pondrá fin a la anterior.
  3. Solicitud y Formalidades:
    • Los convenios colectivos pueden establecer formalidades y plazos específicos para la solicitud de la excedencia y para la reincorporación. No se requiere antigüedad ni que la relación laboral sea indefinida para acceder a este derecho.

Efectos de la Excedencia por Cuidado de Hijo

  1. Reserva del Puesto de Trabajo:
    • Durante el primer año de excedencia, el trabajador tiene derecho a la reserva de su puesto de trabajo. Este período puede extenderse hasta 15 meses en el caso de familias numerosas de categoría general y hasta 18 meses en familias numerosas de categoría especial.
    • Después del primer año, el trabajador tiene derecho a la reserva de un puesto de trabajo del mismo grupo profesional o categoría equivalente.
  2. Cotización y Antigüedad:
    • El período de excedencia se considera como de cotización efectiva para determinadas prestaciones de la Seguridad Social y se computa a efectos de antigüedad, lo cual tiene impacto en el cálculo de indemnizaciones por despido y otros beneficios.
  3. Formación Profesional:
    • Durante la excedencia, el trabajador tiene derecho a asistir a cursos de formación profesional a los que debe ser convocado por la empresa.
  4. Situación Asimilada al Alta:
    • A efectos de prestaciones de la Seguridad Social, el período de excedencia se considera como situación asimilada al alta, salvo para prestaciones por incapacidad temporal, nacimiento y cuidado de menor.
  5. Desempleo:
    • La excedencia por cuidado de hijo no se considera una situación legal de desempleo, aunque se asimila al alta para obtener prestaciones de desempleo. No puede computarse como período de ocupación cotizada para obtener dichas prestaciones.

Requisitos y Particularidades

  1. Compatibilidad con Otros Trabajos:
    • El uso desviado de la excedencia para trabajar en otra empresa puede ser causa de despido, aunque hay excepciones si el nuevo trabajo facilita el cuidado del hijo (por ejemplo, horarios).
  2. Solicitud y Reincorporación:
    • La solicitud de la excedencia no está sujeta a formalidades específicas y no requiere concesión previa por parte de la empresa. La relación laboral queda suspendida a partir de la fecha fijada por el trabajador.
    • La solicitud de reingreso puede realizarse en cualquier momento anterior a la terminación de la excedencia. La negativa del empleador a reincorporar al trabajador puede ser considerada un despido nulo.
  3. Extinción del Contrato:
    • En caso de extinción del contrato, el período de excedencia se computa a efectos de indemnización. La negativa a la reincorporación por parte del empleador puede ser considerada despido, dependiendo de las circunstancias específicas.

Servicios del Despacho Manrique de Torres

En Manrique de Torres, ofrecemos asesoría y representación legal especializada en derecho laboral, incluyendo la gestión de excedencias por cuidado de hijos. Nuestros servicios incluyen:

  • Asesoría en la Solicitud y Gestión de Excedencias: Ayudamos a formalizar y gestionar las solicitudes de excedencia, asegurando el cumplimiento de la normativa vigente.
  • Defensa de Derechos Laborales: Representamos a trabajadores y a empresas en conflictos relacionados con la excedencia y la reincorporación.
  • Negociación y Mediación: Facilitamos la resolución de disputas laborales mediante procesos de negociación y mediación.
  • Representamos a nuestros clientes ante los Juzgados de lo Social.

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