Fondo de Garantía Salarial (FOGASA)

08 julio 2024 | Actualidad, Laboral

Introducción

El Fondo de Garantía Salarial (FOGASA) es un organismo autónomo adscrito al Ministerio de Trabajo y Economía Social a través de la Secretaría de Estado de Empleo. Su principal función es abonar a los trabajadores los salarios e indemnizaciones debidas como consecuencia de la insolvencia o concurso de acreedores de la empresa. Este artículo desglosará los beneficiarios, la responsabilidad subsidiaria y directa del FOGASA, así como el procedimiento para la solicitud de prestaciones.

I. Beneficiarios

Con carácter general, están incluidos en el ámbito de cobertura de FOGASA los trabajadores por cuenta ajena. Pueden, por tanto, beneficiarse de las prestaciones de FOGASA las siguientes categorías de trabajadores:

  1. Trabajadores sujetos a una relación laboral ordinaria, cualquiera que sea su modalidad o las condiciones de prestación de los servicios, su nacionalidad, o el Régimen de la Seguridad Social en el que estén incluidos, así como cualquiera quien sea su empleador.
  2. Trabajadores sujetos a relaciones laborales especiales, incluyendo:
    • Personal de alta dirección.
    • Deportistas profesionales.
    • Representantes de comercio.
    • Artistas en espectáculos públicos.
    • Empleados de hogar.
    • Profesores de religión.
    • Abogados en despachos, individuales o colectivos.
    • Especialistas residentes.
    • Etc

Exclusiones

No tienen derecho a las prestaciones del FOGASA:

  1. Consejeros y administradores de sociedades mercantiles y capitalistas, en ciertas condiciones.
  2. Socios-trabajadores de cooperativas de trabajo asociado y de sociedades laborales.
  3. Trabajadores autónomos dependientes (TRADE).
  4. Trabajos familiares no considerados asalariados.
  5. Trabajadores en empresas declaradas ficticias.
  6. Trabajadores que excedan el plazo para solicitar la readmisión en caso de despido nulo o improcedente.

II. Responsabilidad Subsidiaria del FOGASA

El FOGASA abona a los trabajadores los salarios e indemnizaciones pendientes de pago por la empresa en caso de insolvencia empresarial o concurso de acreedores, subrogándose en el lugar de los trabajadores en los créditos satisfechos para su reclamación posterior a las empresas deudoras. La responsabilidad del FOGASA es:

  1. Autónoma e independiente del empresario: No genera la del FOGASA automáticamente.
  2. Subsidiaria: Surge una vez declarada la insolvencia o situación concursal del empresario.
Causa de Pedir
  1. Insolvencia Singular: Se entiende que existe insolvencia del empresario cuando instada la ejecución no se consiga, en todo o en parte, la satisfacción de los créditos laborales. La insolvencia debe ser declarada judicialmente, y puede ser total o parcial.
  2. Procedimiento Concursal: La declaración de concurso procede en caso de insolvencia del deudor común. El FOGASA debe ser citado como parte en los procesos donde pueda derivarse su responsabilidad para el abono de salarios e indemnizaciones de los trabajadores.
Indemnizaciones Garantizadas

El FOGASA garantiza indemnizaciones reconocidas mediante sentencia, auto, acto de conciliación judicial o resolución administrativa por la extinción del contrato por causas como despido nulo e improcedente, extinción de contrato por causas objetivas, despido colectivo, y extinción por voluntad del trabajador derivada de modificaciones sustanciales de las condiciones de trabajo.

III. Responsabilidad Directa: Fuerza Mayor

El FOGASA abona directamente, sin necesidad de declaración de insolvencia o concurso de la empresa, el porcentaje de la indemnización que la autoridad laboral determine en los supuestos de expedientes de regulación de empleo por causa de fuerza mayor, cuando expresamente se acuerde la exoneración de la empresa.

IV. Reclamación Judicial

En caso de denegación de las prestaciones por el FOGASA, los trabajadores pueden reclamar interponiendo demanda ante la jurisdicción social.

Conclusión

El FOGASA juega un papel crucial en la protección de los derechos laborales en casos de insolvencia empresarial, garantizando el pago de salarios e indemnizaciones a los trabajadores afectados. Es esencial que los trabajadores conozcan sus derechos y los procedimientos para acceder a estas prestaciones, asegurando así una protección efectiva frente a situaciones adversas en su relación laboral.

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