Salario durante las vacaciones

28 enero 2026 | Actualidad, Laboral

¿Qué salario te corresponde durante las vacaciones?

Una pregunta clave que afecta a miles de trabajadores cada año. En este artículo te explicamos qué incluye tu remuneración vacacional, cómo se calcula y qué derechos tienes si no puedes disfrutar de tus vacaciones en tiempo y forma.

¿Qué dice la ley sobre el salario en vacaciones?

El Estatuto de los Trabajadores establece que las vacaciones anuales deben ser retribuidas (art. 38 ET). Aunque se trata de un período de descanso, el salario vacacional se considera salario a todos los efectos. Sin embargo, no existe una fórmula única para calcular su cuantía, lo que ha generado mucha controversia y litigiosidad.

Según el Convenio 132 de la OIT, la remuneración durante las vacaciones no debe ser inferior al salario normal o medio del trabajador, evitando que se produzcan pérdidas económicas que desincentiven el disfrute del descanso anual.

¿Qué incluye el salario en vacaciones?

Conceptos que deben incluirse

El salario en vacaciones debe reflejar lo que el trabajador percibe habitualmente. Esto incluye:

  • Salario base
  • Complementos personales (antigüedad, idiomas, etc.)
  • Complementos por condiciones de trabajo habituales (nocturnidad, turnicidad, disponibilidad…)
  • Comisiones y pluses variables, siempre que se perciban de forma habitual (al menos 6 meses en los últimos 11).

Conceptos excluidos

  • Horas extras
  • Bonus anuales o esporádicos
  • Pluses extraordinarios (festivos, transporte, vestuario)
  • Dietas o percepciones extrasalariales, salvo disposición contraria en el convenio colectivo.

¿Cómo se calcula el salario en vacaciones?

No hay una fórmula legal única, pero se aplica el criterio de salario medio, es decir:

  1. Se suman los conceptos retributivos habituales en un período de referencia.
  2. Se calcula un promedio mensual o diario.
  3. Ese promedio se aplica a los días de vacaciones.

Por ejemplo, si has trabajado a jornada completa durante el año y has recibido incentivos mensuales, estos deben promediarse e incluirse en tu salario de vacaciones.

En caso de reducciones de jornada, bajas por incapacidad temporal o suspensiones contractuales (como un ERTE), también se ajusta proporcionalmente la retribución vacacional.

Indemnización por vacaciones no disfrutadas y bolsa de vacaciones

La norma general es que las vacaciones deben disfrutarse «in natura», es decir, no pueden sustituirse por dinero. Solo hay una excepción legal: cuando se extingue el contrato antes de haber podido disfrutarlas. En ese caso, el trabajador tiene derecho a una compensación económica en el finiquito.

Además, el Tribunal de Justicia de la UE ha reconocido el derecho a percibir esa compensación incluso cuando es el trabajador quien pone fin voluntariamente a la relación laboral, siempre que no haya podido disfrutar sus vacaciones por causas ajenas a su voluntad.

Algunos convenios prevén una bolsa de vacaciones como incentivo económico si se disfrutan en periodos menos demandados, como fuera de los meses de verano. Esta bolsa puede estar condicionada o integrarse en el salario base según el sector.

 ¿Qué pasa si estoy de baja durante las vacaciones?

Si tus vacaciones coinciden con una baja médica (IT), tienes derecho a disfrutarlas una vez te reincorpores, aunque haya terminado el año natural, siempre que no pasen más de 18 meses desde el final del año en que se generaron.

¿Y si el convenio colectivo dice otra cosa?

Muchos convenios regulan en detalle qué complementos deben incluirse en el salario de vacaciones. Sin embargo, ningún acuerdo colectivo puede empeorar el mínimo legal: si el salario durante las vacaciones no refleja la retribución normal o media del trabajador, es impugnable.

El equipo de abogados laboralistas del despacho Manrique de Torres puede ayudarte a revisar tu convenio colectivo, interpretar correctamente tus nóminas y reclamar cualquier cantidad no abonada.

 ¿Necesitas reclamar tu salario vacacional?

En Manrique de Torres Abogados, expertos en derecho laboral, te ofrecemos asesoramiento especializado para:

  • Reclamar complementos no abonados en tus vacaciones.
  • Revisar tu convenio colectivo y nómina.
  • Actuar ante prácticas empresariales abusivas.

Consulta aquí nuestros servicios laborales.

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