Convenio colectivo de alquiler de vehículos sin conductor de Madrid

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Aspectos más relevantes del Convenio colectivo de alquiler de vehículos sin conductor de Madrid

Estado: Vigente
Vigencia: Del 1 de enero de 2024 hasta el 31 de diciembre de 2025
Jornada anual: 1.776 horas anuales
Vacaciones: 30 días naturales

Complemento de incapacidad temporal

En caso de baja en el trabajo derivada tanto de enfermedad común como profesional o accidente laboral las empresas abonarán a los interesados, a partir del cuarto día de la baja, un complemento
a su cargo. Dicho complemento será del 25% del promedio del importe que en los 12 meses naturales inmediatos a la baja haya tenido la base de cotización por contingencias comunes
a la Seguridad Social del interesado, con el tope máximo de 18 meses.

Permisos retribuidos

El Convenio colectivo de alquiler de vehículos sin conductor de Madrid contempla los siguientes permisos retribuidos:

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