Convenio colectivo de aparcamientos, garajes y estaciones terminales de autobuses de Madrid

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Aspectos más relevantes del Convenio colectivo de aparcamientos, garajes y estaciones terminales de autobuses de Madrid

Estado: Vigente
Vigencia: Desde el 1 de enero de 2023 hasta el 31 de diciembre del año 2025
Jornada anual: 1.800 horas
Vacaciones: 30 días naturales

Complemento de incapacidad temporal

  • En caso de accidente laboral y/o enfermedad profesional las empresas complementaran, desde el primer día y mientras dure dicha incapacidad, las prestaciones del trabajador/a hasta alcanzar el
    100% de los conceptos fijos mensuales sin pagas.
  • En el caso de enfermedad común y accidente no laboral, las empresas complementaran el 75% de su salario base y antigüedad, sin exceder este beneficio más de 4 días al año. En este caso si
    existiera hospitalización se abonará un complemento que sumado a las prestaciones reglamentarias garantice el 100% de los conceptos fijos mensuales sin pagas durante dicha hospitalización, y los 30 días siguientes en el caso de que continuase la incapacidad temporal.

Permisos retribuidos

El Convenio colectivo de aparcamientos, garajes y estaciones terminales de autobuses de Madrid contempla los siguientes permisos retribuidos:

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