Convenio colectivo de aparcamientos, garajes y estaciones terminales de autobuses de Madrid
Aspectos más relevantes del Convenio colectivo de aparcamientos, garajes y estaciones terminales de autobuses de Madrid
Estado: Vigente
Vigencia: Desde el 1 de enero de 2023 hasta el 31 de diciembre del año 2025
Jornada anual: 1.800 horas
Vacaciones: 30 días naturales
Complemento de incapacidad temporal
- En caso de accidente laboral y/o enfermedad profesional las empresas complementaran, desde el primer día y mientras dure dicha incapacidad, las prestaciones del trabajador/a hasta alcanzar el
100% de los conceptos fijos mensuales sin pagas. - En el caso de enfermedad común y accidente no laboral, las empresas complementaran el 75% de su salario base y antigüedad, sin exceder este beneficio más de 4 días al año. En este caso si
existiera hospitalización se abonará un complemento que sumado a las prestaciones reglamentarias garantice el 100% de los conceptos fijos mensuales sin pagas durante dicha hospitalización, y los 30 días siguientes en el caso de que continuase la incapacidad temporal.
Permisos retribuidos
El Convenio colectivo de aparcamientos, garajes y estaciones terminales de autobuses de Madrid contempla los siguientes permisos retribuidos:
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