Consulta el Convenio Colectivo de Hostelería de la Comunidad de Madrid, su vigencia, jornada, vacaciones, complemento de incapacidad temporal y texto oficial en PDF.
Convenio colectivo de hostelería de Madrid
Aspectos más relevantes del Convenio colectivo de hostelería de Madrid
Estado: Vigente
Vigencia: Desde el 1 de enero de 2023 hasta el 31 de diciembre del año 2025
Jornada anual: 1.800 horas
Vacaciones: 30 días naturales
Complemento de incapacidad temporal
La empresa abonará el complemento durante un máximo de 18 meses:
- Accidente: complemento hasta alcanzar el 100 % del salario desde el primer día.
- Primera baja por enfermedad del año: complemento hasta el 100 % del salario desde el primer día.
- Segunda y siguientes bajas por enfermedad: el complemento hasta el 100 % del salario se abona desde el cuarto día. Los tres primeros días no existe complemento.
- Hospitalización o intervención quirúrgica: aunque sea la segunda o posterior baja por enfermedad, se complementará hasta el 100 % del salario desde el primer día.
Además, cuando la ausencia esté justificada mediante parte médico o documento equivalente, la persona trabajadora tendrá derecho a percibir diariamente una cantidad equivalente al Plus Convenio.
Permisos retribuidos
El Convenio colectivo de hostelería de Madrid contempla los siguientes permisos retribuidos:
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