Decisión empresarial de modificar, ante la concurrencia de una causa económica, técnica, organizativa o de producción, las condiciones de trabajo vigentes (jornada de trabajo, horario y distribución del tiempo de trabajo, régimen de trabajo a turnos, sistema de remuneración y cuantía salarial, sistema de trabajo y rendimiento, etc.), alternando y transformando los aspectos fundamentales de la relación laboral.
Formalmente exige preavisar por escrito al trabajador con una antelación mínima de 15 días. Preaviso que debe ir precedido de la celebración de un periodo de consultas si el número de trabajadores afectados por la decisión empresarial supera los umbrales previstos en el artículo 41 del Estatuto de los Trabajadores.