Cláusula contractual que protege a aquel empresario que posee un efectivo interés industrial o comercial frente a las actividades competitivas de sus antiguos trabajadores al impedirles a cambio de una compensación económica adecuada que, una vez finalice la relación laboral y por un máximo de 2 años, desarrollen actividades competitivas lícitas y/o comiencen a prestar sus servicios en una empresa de la competencia.