Suspensión del contrato que se produce en aquellos supuestos en los que, suponiendo el puesto de trabajo un riesgo para el embarazo o para el feto, no cabe la adaptación de las condiciones del puesto de trabajo ni la asignación de un puesto de trabajo compatible con su estado.
Durante el periodo de suspensión la trabajadora percibe una prestación de riesgo durante el embarazo.