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Despido por Ofensas Verbales: Análisis y Jurisprudencia

Despido por Ofensas Verbales: Análisis y Jurisprudencia

El despido por ofensas verbales está contemplado en el artículo 54.2.c del Estatuto de los Trabajadores (ET). Para que las ofensas verbales sean causa de despido, deben ser graves y culpables, afectando negativamente la convivencia laboral. La intencionalidad del trabajador, el contexto de las expresiones y el instrumento utilizado (oral o escrito) son factores determinantes. Las ofensas dirigidas al empresario, superiores, subordinados, compañeros de trabajo, familiares o terceros relacionados con la empresa pueden justificar el despido. La jurisprudencia destaca casos en los que los insultos y amenazas han sido considerados procedentes para el despido, subrayando la necesidad de mantener el respeto y la buena fe en el entorno laboral.

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