Firmar «no conforme» la carta de despido

Firmar «no conforme» la carta de despido

Al recibir una carta de despido, distingue entre acreditar su recepción y aceptar su contenido. Escribir «no conforme» puede dejar constancia de tu desacuerdo, pero no sustituye la impugnación ni detiene sus plazos.

Cómo dejar constancia de la recepción

  • Lee el documento completo y pide una copia antes de firmar.
  • Si discrepas, puedes añadir «recibido, no conforme» y la fecha real de entrega.
  • Comprueba por separado la fecha de efectos del despido y cualquier declaración de haber cobrado cantidades.
  • No firmes como recibido un importe que no has percibido ni un acuerdo cuyo alcance no entiendas.

Qué ocurre si no firmas

Negarte a firmar no impide por sí solo que la empresa comunique el despido por otros medios ni hace que el plazo deje de correr. La falta de firma tampoco convierte automáticamente el despido en improcedente. Conserva las pruebas de cuándo y cómo recibiste la comunicación.

Carta, finiquito y acuerdo no son lo mismo

La carta comunica la decisión y sus motivos. El finiquito liquida cantidades pendientes, como salario, pagas extras y vacaciones. Un acuerdo transaccional puede contener compromisos y cláusulas de cierre de controversias. Su efecto depende del contenido y de las circunstancias; añadir «no conforme» no neutraliza por sí solo cualquier cláusula. Puedes pedir la presencia de un representante legal de los trabajadores al firmar el recibo del finiquito, conforme al artículo 49.2 ET.

Qué conviene revisar con el abogado

  • Carta de despido y justificante de su entrega, con la fecha de efectos.
  • Contrato, anexos, vida laboral y documentación de la antigüedad, incluidas posibles sucesiones de contratos o empresas.
  • Nóminas, pagas extras, comisiones, bonus y otros conceptos salariales; convenio colectivo aplicable.
  • Comunicaciones, evaluaciones, cuadrantes y testigos relacionados con la causa alegada. Conserva únicamente pruebas obtenidas lícitamente.
  • Finiquito, justificantes de las cantidades abonadas y cualquier acuerdo que se proponga firmar.

Los requisitos del despido están en los artículos 52 a 56 ET. Si la carta es disciplinaria, se examinan también el convenio, la audiencia previa y las garantías aplicables; si es objetiva, las causas, la indemnización y el preaviso.

Firmar no conforme no amplía el plazo

La acción de despido caduca a los 20 días hábiles, contados desde el día siguiente a la fecha de efectos, sin sábados, domingos ni festivos. La papeleta de conciliación suspende la caducidad: el cómputo se reanuda al día siguiente de intentarse la conciliación o de transcurrir quince días hábiles sin celebrarse, por los días que quedaban; no empieza un nuevo plazo de veinte días. Consulta el cómputo del plazo para impugnar un despido. Una negociación privada no sustituye los trámites que preservan el plazo.

Después de recibir la carta, sigue los pasos para impugnar un despido y preparar la papeleta de conciliación.

La primera consulta por despido es gratuita. Puedes contactar con el despacho en el 685 807 112.

Asesoramiento laboral en Madrid

En Manrique de Torres Abogados revisamos la documentación, las opciones de reclamación y sus riesgos. Puedes consultar nuestros servicios de Derecho Laboral, solicitar una cita o acceder a la videoconsulta. La valoración del caso no garantiza un resultado judicial.

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